La implementación de los programas de cumplimiento en México

  • Adrián Alberto Reyes Vázquez Universidad Autónoma de Chiapas
Palabras clave: corrupción, debido control, personas jurídicas

Resumen

El presente trabajo, a través de la investigación documental, tiene el propósito de demostrar que los elementos con que cuenta un programa de cumplimiento son de gran utilidad en la prevención de actos de corrupción, toda vez que coadyuvan a garantizar que las actividades realizadas sean en absoluto respeto al Estado de derecho. Es así como no solo se debe contemplar su implementación por parte de las personas jurídicas del sector privado, sino también puede caber la posibilidad de retomarlos dentro del sector público. Esto aunado a todas las normativas ya existentes dentro de la legislación mexicana.

Citas

Artaza, O. (2013). Sistemas de prevención de delitos o programas de cumplimiento. Breve descripción de las reglas técnicas de gestión del riesgo empresarial y su utilidad en sede jurídico penal. Política Criminal, 8(6), 544-573.

Capdeferro, O. (2018). La obligación jurídica internacional de luchar contra la corrupción y su cumplimiento por el Estado español. Eunomía. Revista en Cultura de la Legalidad, (13). Recuperado de https://doi.org/10.20318/eunomia.2017.3807.

Casar, M. (2015). México: Anatomía de la corrupción. México: Instituto Mexicano para la Competitividad. Recuperado de https://imco.org.mx/wp-content/uploads/2015/05/2015_Libro_completo_Anatomia_corrupcion.pdf.

Código Penal del Estado de México. (1999). Gaceta Oficial del Estado de México. Recuperado de http://www5.diputados.gob.mx/index.php/esl/content/download/73447/368744/file/CodigoPenalDelEstadoDeMexico.pdf.

Código Penal del Estado de Veracruz. (2015). Gaceta Oficial del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Recuperado de https://www.legisver.gob.mx/leyes/LeyesPDF/PENAL270115.pdf.

Código Penal del Estado de Yucatán. (2020). Diario Oficial del Estado de Yucatán. Recuperado de https://www.poderjudicialyucatan.gob.mx/digestum/marcoLegal/03/2012/DIGESTUM030.

Código Penal para el Estado de Chiapas. (2014). Periodo Oficial, (156-5ª)- Recuperado de http://www.ordenjuridico.gob.mx/Documentos/Estatal/Chiapas/wo20584.pdf.

Código Penal para el Distrito Federal. (2012). Gaceta Oficial del Distrito Federal. Recuperado de https://www.congresocdmx.gob.mx/media/documentos/9cd0cdef5d5adba1c8e25b34751cccfdcca80e2c.pdf.

Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Jalisco. (2014) Decreto número 24986/LX/14. Recuperado de http://www.ordenjuridico.gob.mx/Documentos/Estatal/Jalisco/wo99342.pdf.

Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Quintana Roo. (2018). Periódico Oficial del Estado. Recuperado de http://documentos.congresoqroo.gob.mx/codigos/C6-XV-20180427-157.pdf.

Convenio Penal sobre la Corrupción. (28 de julio de 2010). Boletín Oficial del Estado Español, (182), sec. I, pp. 65781-65812. Recuperado de https://www.boe.es/boe/dias/2010/07/28/pdfs/BOE-A-2010-12135.pdf.

Convenio Civil sobre la Corrupción. (31 de marzo de 2010). Boletín Oficial del Estado Español, (78), sec. I, pp. 29968-29974. Recuperado de https://www.boe.es/boe/dias/2010/03/31/pdfs/BOE-A-2010-5259.pdf.

Estévez, A. (2005). Reflexiones teóricas sobre la corrupción: sus dimensiones política, económica y social. Revista Venezolana de Gerencia, 10(29), 43-85. Recuperado de https://www.redalyc.org/pdf/290/29002904.pdf.

Fernández, M. (2017). UNE 19601 ayudará a prevenir delitos en las organizaciones. Aenor. La Revista de la Evaluación de la Conformidad, (323), 14-17. Recuperado de https://www.une.org/normalizacion_documentos/compliancearticulofec2017.pdf.

Gadea, H (2016). El Foreign Corrupt Practice Act y la responsabilidad penal de la empresa. Thēmis. Revista de Derecho, (68), 153-162.

Johnston, M (2005) Syndromes of corruption: Wealth, Power, and Democracy, Nueva York: Cambridge University Press.

Lizarzaburu, E., Burneo, K., Barriga, A., Noriega, L. y Cisneros, J. (2019), Gestión empresarial: una revisión a la norma ISO 37001 antisoborno. Revista del CLAD. Reforma y Democracia, (73), 111-150. Recuperado de http://old.clad.org/portal/publicaciones-del-clad/revista-clad-reforma-democracia/articulos/073-febrero-2019/Lizarzaburu-otros.pdf.

Ontiveros, M. (2018), Manual básico para la elaboración de un Criminal Compliance Program. Ciudad de México, México: Tirant lo Blanch.

Organización de las Naciones Unidas [ONU]. (2013). Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción. Nueva York, Estados Unidos: Organización de las Naciones Unidas. Recuperado de https://www.gob.mx/sfp/documentos/convencion-de-las-naciones-unidas-contra-la-corrupcion-onu.

Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial [Onudi]. (2010). Progresar rápidamente. Ginebra, Suiza: Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial

Organización de los Estados Americanos [OEA]. (2018). Compromiso de Lima. Gobernabilidad democrática frente a la corrupción. Lima, Perú: Secretaría de Cumbres de las Américas.

Organización Internacional de Normalización [ISO, por sus siglas en inglés]. (2015). Norma ISO 19600. Sistemas de Gestión de Compliance.

Organización Internacional de Normalización [ISO, por sus siglas en inglés]. (2016). Norma ISO 37001. Sistemas de gestión antisoborno.

Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos [OCDE]. (2004/2005) Resumen de los Principios de la OCDE para el gobierno corporativo, (trad. F. López y J. Rios) Universidad Nacional Autónoma de México. http://www.ejournal.unam.mx/rca/216/RCA21608.pdf

Posada, C. (2015). Normas ISO y su cobertura. Revista Panorama Contable. Recuperado de http://www.eafit.edu.co/escuelas/administracion/publicaciones/panorama-contable/actualidad/Documents/Boletin-1-NORMAS-ISO-Y-SU-COBERTURA.pdf.

Presidencia de la República. (19 de febrero de 2021). Código Nacional de Procedimientos Penales [CNPP]. Diario Oficial de la Federación. Recuperado de http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CNPP_190221.pdf.

Rayón, M. (2018). Los programas de cumplimiento penal: origen, regulación, contenido y eficacia en el proceso. Anuario Jurídico y Económico Escurialense, 1133-3677.

Requena, C. y Gómez, C. (2019) El compliance en el sector público mexicano. Un área de oportunidad para garantizar el debido cumplimiento en las entidades y los programas gubernamentales. Recuperado de http://requena.org.mx/wp-content/uploads/2019/11/COMPLIANCE_SectorPublico_vF.pdf.

Rodríguez, J. (2017). Transparencia y lucha contra la corrupción en América Latina. Ponencia presentada en el Congreso Redipal Virtual X. De marzo a septiembre de 2017. Recuperado de http://www.diputados.gob.mx/sedia/sia/redipal/CRV-X-2017/CRV-X-02-17.pdf.

Rojas, V. (2010). Los tratados internacionales sobre corrupción. En Méndez, R. (coord.), Lo que todos sabemos sobre la corrupción y algo más (pp. 166-167) (1.ª ed.). Ciudad de México, México: Universidad Nacional Autónoma de México, Instituto de Investigaciones Jurídicas.

Sandoval, I. E. (2006). Enfoque de la corrupción estructural: poder, impunidad y voz ciudadana. Revista Mexicana de Sociología, 78(1), 119-152.

Senado de la República (2019). Textos finales del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC). México: Secretaría de Economía.

Transparencia Internacional. (2021). Índice de la Percepción de la Corrupción 2020. Berlín, Alemania: Transparencia Internacional. Recuperado de https://www.transparency.org/en/cpi/2020/index/nzl.

Publicado
2022-03-12
Sección
Artículos Científicos