El delito como base estructural de la flagrancia / The crime as a structural basis of flagrance
Resumen
El delito como elemento esencial de existencia de la flagrancia, así como de la conducta, como primer elemento de vida del delito, ya que está considerada como el comportamiento humano activo o negativo, que produce un resultado y que puede ser manifestada por acción u omisión. Por lo que se hace un análisis de la flagrancia, según sus características establecidas en el párrafo quinto del artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (Diputados., H. Congreso de la Unión, 2018), en relación con el artículo 146 del Código Nacional de Procedimientos Penales(Diputados, 2018). Buscando precisar correctamente el concepto de flagrancia y verificar si la normatividad vigente al respecto resulta correcta e idónea para sus fines, señalándose que el momento más importante en la flagrancia es la detención material del imputado, ya que es aquí donde empiezan las violaciones, primero por los policías, quienes al no reducir la posibilidad de cualquier afectación a los Derechos Humanos, comprometen su actuar y al no cumplir sus funciones con imparcialidad, objetividad, respeto y protección de la dignidad humana, los actos que llevan a cabo no dan certeza y en segundo lugar, porque el Ministerio Público debe de verificar si la detención se ajusta a los parámetros Constitucionales y supuestos legales que establece el artículo 149 del Código Nacional de Procedimientos Penales, realizando un análisis lógico jurídico para determinar si la detención se ajusta o no a dichos parámetros, en caso de que no se ajuste a los parámetros señalados el agente del Ministerio Público, deberá de poner en inmediata libertad al imputado, sino fue legal la detención o bien, si después de haber concluido el análisis lógico jurídico resulta que la detención fue legal y apegada a los parámetros ya señalados, se procederá a elaborar el acuerdo de retención.Citas
Americanos, H. d. (22 de Noviembre de 2018). CONVENCION AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS . Obtenido de https://www.oas.org/dil/esp/tratados_b-32_convencion_americana_sobre_derechos_humanos.htm
Andres, O. R. (08 de Noviembre de 2018). Biblioteca Juridica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurdicas de la UNAM. Obtenido de https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/9/4032/17.pdf
Antonio, H. B. (2013). Aprehension, Detencion y Flagrancia. Mexico: Instituto de Investigaciones Juridicas de la Universidad Autonoma de Mexico.
Chorres, H. B. (2013). La Investigacion Preliminar en el Sistema Acusatorio. Mexico: Flores.
Cruz y Cruz, E. (2014). Teoria de la Ley Penal y del Delito. Mexico: Iure.
Diaz, J. S. (2015). Manual de las etapas del sistema acusatorio. México: Flores.
Diputados, C. d. (18 de Noviembre de 2018). H. Congreso de la Unión. Obtenido de http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CNPP_250618.pdf
Diputados., C. d. (18 de Noviembre de 2018). H. Congreso de la Unión. Obtenido de http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/9_051118.pdf
Diputados., C. d. (18 de Noviembre de 2018). H. Congreso de la Unión. Obtenido de http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/1_270818.pdf
Eduardo, G. M. (2007). Filosofia del Derecho. Mexico: Porrua.
Enrique, D. A. (2016). Lecciones de Derecho Penal para el Nuevo Sistema de Justicia Penal. Mexico: Instituto de Investigaciones Juridicas, Universidad Autonoma de Mexico.
Estados, D. d. (18 de Noviembre de 1979). Corte Interamericana de Derechos Humanos. San Jose de Costa Rica.
Guerrero, H. C. (18 de Noviembre de 2018). Codigo Penal del Estado de Guerrero. Obtenido de http://tsj-guerrero.gob.mx/transparencia/instituto_mejoramiento_judicial/2017/Abril/LeyesMarcoNormativo/6.-CODIGOSDELESTADODEGUERRERO/3.-CODIGOPENALPARAELESTADOLIBREY.pdf
Humanos, C. I. (10 de Noviembre de 2018). Declaracion Americana de los Derechos y Deberes del Hombre. Obtenido de http://www.oas.org/es/cidh/mandato/Basicos/declaracion.asp
Manuel, V. D. (2017). El Control de la Detencion por Flagrancia o caso Urgente conforme al Codigo Nacional de Procedimientos Penales. Mexico: Flores Editor y Distribuidor. Obtenido de dijuris.com: www.dijuris.com/es/.../control-de-la-detencion-por-flagrancia-o-caso-urgente-1_2698
Publica, C. N. (2017). Protocolo Nacional de Actuacion del Primer Respondiente. México: Periodico Oficial de la Federacion.
Unidas, N. (16 de Noviembre de 2018). Pacto Internacional de Derechos Civiles y Politicos (ICCPR). Obtenido de https://www.ohchr.org/sp/professionalinterest/pages/ccpr.aspx
Unidas, T. A. (10 de Diciembre de 1948). Declaracion Universal de los Derechos Humanos. Paris.
Unión, C. d. (2009). Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Publica. México: Diario Oficial de la Fedracion 02 de enero 2009.
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