El derecho humano al agua, una tarea pendiente para el estado mexicano / The human right to water, a pending task for the mexican state
Resumen
El 8 de febrero de 2012 se reformo y adiciono el párrafo quinto y se adiciona un párrafo sexto recorriéndose en su orden los subsecuentes, al artículo 4° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, dichas reformas tuvieron como propósito: a) el reconocimiento del derecho individual y colectivo de disfrutar de un medio ambiente sano, y b) el reconocimiento del derecho al acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo humano, suficiente, salubre, aceptable y asequible. Este último derecho humano al agua, fue el eje principal en este trabajo de investigación porque se trata de un derecho fundamental que está estrechamente ligado a la realización de otros derechos humanos como la salud, la vivienda, el desarrollo humano, el medio ambiente, la alimentación, etc., por ello ha sido importante, primero, analizar su reconocimiento a través de su genealogía y segundo, cuáles han sido los escenarios reales que han violado y siguen violentando el acceso al agua como un derecho humano. Las grandes transnacionales con fines de lucro e interesados en el control de los bienes hídricos, han obtenido de una manera favorecedora concesiones de agua mediante subsidios estatales, las empresas privadas, interesadas en ofrecer el servicio púbico del agua a través de redes de conducción hasta los domicilios particulares. Un papel muy importante en la defensa del agua como un derecho humano lo han desarrollado los ciudadanos a través de la resistencia civil para defender las cuencas y nacimientos de agua. La defensa de los bienes comunes es una demanda enérgica de muchos movimientos sociales, como el rechazo a la comercialización de los elementos necesarios para la reproducción de la vida, como el agua. El agua como un bien común describe el bienestar de todos los miembros de una comunidad que haga posible la calidad de vida, el bienestar en todos los aspectos de las personas como es la satisfacción de sus necesidades, físicas, materiales, sociales y ecológicas. En México, los recursos hídricos resisten problemas de contaminación dado que son utilizados como receptores de descargas contaminantes, por lo que la calidad del agua es muy inferior a las condiciones establecidas en el artículo 4° constitucional, es decir, el acceso y disposición de agua suficiente, saludable, aceptable, físicamente accesible y asequible para todas las personas. Sin duda el derecho humano al agua, es una tarea pendiente para el gobierno mexicano.Citas
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